El Supremo plantea la inconstitucionalidad de la ley del 5%

El Tribunal Supremo (TS) ha acordado plantear al Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad contra el artículo 5.1 de la Ley 25/1994 en su versión modificada por las leyes 22/1999 y 15/2001 que obliga a los operadores de televisión a invertir al menos el 5% de sus ingresos en la financiación anticipada de largometrajes y cortometrajes cinematográficos y películas para televisión españolas y europeas, tras un recurso planteado por las televisiones comerciales asociadas en Uteca.

Según expone la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal , esta imposición por ley constituye "una restricción de la libertad que les garantiza el artículo 38 de la Constitución (libertad de empresa)".

"La restricción es tanto más relevante cuanto que el destino forzoso de las inversiones no corresponde al objeto propio de su actividad sino a un sector económico diferente ", añade.

También señala que "la ley podría incentivar el uso de recursos propios para invertirlos en productos cinematográficos a través de fórmulas diversas (de naturaleza fiscal, entre otras)", pero "no existe", según el fallo, "una razón imperiosa de interés general que exija de modo coactivo" ese 5%.

En el mismo sentido, entiende que esta obligación no es "inevitablemente preferida" a otras medidas de protección al cine.

Asimismo, considera que la inversión obligatoria de los operadores televisivos en las producciones cinematográficas "no viene impuesta por la Directiva 89/552/CEE" y que pretende incorporar la legislación española con las leyes anteriormente citadas.

"La Directiva", continúa el texto del Supremo, "no ofrece base para obligar a los operadores de televisión a destinar un parte de sus ingresos de explotación a la financiación anticipada de películas cinematográficas y para la televisión europeas, incluidas las españolas".