Fianza de 30.000 euros a Canal 9 en el juicio por acoso contra su exsecretario general

Vicente Sanz ex secretario de RTVVmediaset.es

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Paterna (Valencia), que instruye la causa contra el ex secretario general de Radio Televisión (RTVV) Vicente Sanz por presuntos delitos de acoso sexual contra tres trabajadoras, ha declarado la responsabilidad civil subsidiaria del canal público y le ha requerido 30.000 euros de fianza.

Así consta en un auto fechado el 18 de septiembre, en el que la jueza del procedimiento acepta la petición que realizaron hace casi un año las acusaciones -las tres periodistas, Intersindical Valenciana y CCOO-, quienes solicitaron la responsabilidad subsidiaria de RTVV al alegar, entre otros motivos, que Sanz, en el momento de los hechos, estaba trabajando en el ente, y que el 90% de los hechos denunciados tuvieron lugar en su despacho.

La magistrada, tras estudiar esta solicitud, ha decidido aceptarla en base a que RTVV era la persona jurídica para quien prestaba servicios Vicente Sanz en el momento en que presuntamente tuvieron lugar los hechos, y en cuyo ámbito se habría llevado a cabo la conducta punible.

Al respecto, la jueza, en un auto contra el que cabe recurso de reforma ante el juzgado en el plazo de tres días, recuerda que existen "indicios" de que Sanz se prevalió de su puesto de trabajo como secretario general de RTVV para durante los años 2007 a 2010 solicitar favores de naturaleza sexual a tres trabajadoras. "Con ello se creó en esas personas una situación gravemente intimidatoria y humillante", destaca.

Como consecuencia de estos hechos, Sanz ha sido procesado por varios delitos de acoso sexual presuntamente cometidos contra estas trabajadoras, subordinadas del procesado durante el periodo en que ejerció el cargo de secretario general.

Así, a Sanz se le ha fijado una fianza de 30.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran imponérsele en la causa y ahora, además, la jueza declara responsable civil subsidiaria a la sociedad pública y le decreta una fianza por el mismo importe, es decir, 30.000 euros. En caso de no prestarla en las 24 horas siguientes, la jueza ordena el embargo de bienes de su propiedad, suficientes para cubrir dicha suma.

Al respecto, la representante de Intersindical Valenciana María Josep Poquet ha subrayado, en declaraciones a Europa Press, que la declaración de la responsabilidad civil subsidiaria era algo que ellos veían "claro" desde el principio, puesto que "todos los hechos tuvieron lugar siendo Sanz secretario general, y utilizó su cargo y su superioridad jerárquica para amenazar a las periodistas". "Tenía en sus manos el puesto de trabajo de las empleadas, sino no hubiera tenido moneda de cambio para presionarlas", ha dicho.

Junto a ello, ha afirmado que se debería declarar esta responsabilidad porque en el momento de los hechos, no existía en la sociedad pública ni un plan de igualdad ni un protocolo contra el acoso. Por tanto, sostienen que esta cuestión "era algo evidente".

Al respecto, Poquet ha señalado que este protocolo y el plan de igualdad fue aprobado a finales de 2010, pero ha puntualizado que "se metió en un cajón y nunca se ha llegado a poner en marcha, ya que no se han hecho los cursos necesarios y en el mismo plan se establece para su puesta en marcha como máximo el 1 de enero de 2011". Asimismo, la representante de Intersindical ha criticado que "a estas alturas" todavía no se ha hecho una investigación interna en la sociedad "para aclarar qué pasó y cuántas personas estuvieron implicadas, si hubo colaboradores o cómplices", ha señalado.

La solicitud de la responsabilidad civil subsidiaria tuvo lugar el 27 de noviembre de 2012 en una vista en la Audiencia de Valencia, de mano del abogado de las tres periodistas. A esta petición se sumaron las otras dos acusaciones en el procedimiento, Intersindical Valenciana y CCOO, mientras que se opuso el letrado de Vicente Sanz. Por su parte, la fiscal abogó porque la petición fuera "objeto de estudio".

En concreto, las acusaciones justificaron este requerimiento en que el hecho de que RTVV no estuviera en el procedimiento les producía indefensión porque no se podía solicitar la práctica de diferentes diligencias; además, indicaron que Sanz, en el momento de los hechos, estaba trabajando en la sociedad, con un cargo "suficientemente significativo", al igual que las trabajadoras; y también sostuvieron que el 90% de los hechos denunciados tuvieron lugar en el despacho del procesado.

Frente a estos argumentos, el abogado de Vicente Sanz mostró su oposición y alegó que esta solicitud no tenía cabida en precepto legal, y reseñó que la jurisprudencia aportada por las acusaciones para justificar su solicitud era interpretada "subjetivamente" y que no era vinculante con la sala.