Desestimadas las medidas cautelares de la Cope contra la Liga

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El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Madrid ha desestimado las medidas cautelares solicitadas por la cadena Cope contra la Liga de Fútbol Profesional (LFP), en las que reclama el libre acceso de las radios a los estadios de fútbol para retransmitir gratuitamente en directo los partidos, mientras se dirime el procedimiento que enfrenta a ambas partes por el canon que la LFP quiere imponer para que las radios puedan emitir en directo dentro de los estadios españoles en Primera y Segunda División, así como en la Copa del Rey.

El auto, que responde a esta petición de la Cope realizada el pasado 17 de noviembre, se ha dado a conocer este lunes y también añade que la emisora de radio deberá pagar las costas del proceso.

La resolución judicial considera que la LFP no priva a las radios de "obtener la información necesaria para poder conformar la noticia en su contenido mínimo", ya que "el acceso a los estadios de los periodistas de la radio está garantizado por la LFP siempre que no se retransmita en directo los partidos", según explica el auto.

En este sentido, la juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Madrid ha dictaminado que no procedía dicha medida porque, entre otras razones, "existe documentación que demuestra que los periodistas continúan retransmitiendo los partidos de fútbol, accediendo a las imágenes de los mismos por otros medios, con un resultado muy similar al de temporadas anteriores".

"La resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación dentro de un plazo de 20 días desde la notificación de la misma", añade el texto. Asimismo, la LFP se ha mostrado "dispuesta a mantener una actitud dialogante con todas la emisoras de radio con el objetivo de poder buscar una solución definitiva".