Multa de 180.000 euros para los anuncios de comida basura

Los anunciantes que publiciten alimentos o bebidas destinados a menores de 12 años relacionados con hábitos de vida poco saludables podrán enfrentarse a sanciones que oscilan entre los 6.000 euros, en el caso de las infracciones leves, y los 180.000 euros si se trata de una infracción grave.

Este régimen sancionador se contempla en el acuerdo firmado hoy entre el Ministerio de Sanidad y Política Social y las cadenas de televisión agrupadas en la Federación de Organismos de Radio y Televisión Autonómicos (FORTA) y la Unión de Televisiones Comerciales Asociadas (UTECA) con el fin de proteger a los menores "ante la presión publicitaria excesiva", según especificó la ministra del ramo, Trinidad Jiménez, que abogó por fomentar entre los más pequeños "hábitos saludables de alimentación y la práctica de ejercicio físico".

En su intervención, Jiménez señaló que el 18,6% de los niños españoles de entre dos y 17 años padece sobrepeso, mientras que un 8,9% sufre obesidad, "una de las tasas más elevadas de los países europeos".

La ministra subrayó que los niños españoles "ven una media diaria de 2 horas y 30 minutos de televisión, lo que supone 54 anuncios diarios". "Los menores son más vulnerables a mensajes que pueden inducirles a consumir productos dañinos para su salud, por lo que son necesarias ciertas limitaciones", aseveró la ministra.

Gracias a este acuerdo, las cadenas de televisión asumen el contenido de las normas éticas contempladas en el Código de Autorregulación de la Publicidad de Alimentos dirigida a menores, prevención de la obesidad y salud, conocido como Código PAOS, suscrito entre Sanidad y la industria alimentaria en el año 2005.

Desde su entrada en vigor, se han estudiado 1.331 anuncios, de los que 320 "salieron adelante con modificaciones, y 68 fueron rechazados por considerar que incumplían el código", especificó Jiménez.

Hasta ahora, las empresas anunciantes y adheridas al Código PAOS tenían que hacer una consulta previa al organismo regulador de publicidad Autocontrol, que podía aprobarlo, recomendar modificaciones o rechazarlo.

Asimismo, el código regulaba la publicidad y el marketing, las franjas horarias de emisión, el modo de presentación de los productos y la promoción de los mismos.

Al sumarse las cadenas de televisión, las normas éticas que contempla el Código se aplicarán a todos los anunciantes, hayan firmado o no el acuerdo, "ya que los operadores se comprometen a respetar su contenido", añadió por su parte el presidente de Autocontrol, Juan Astorqui.

Entre otras novedades, la ministra de Sanidad destacó "la prohibición de que los anuncios inciten a persuadir a padres o personas cercanos a comprar los productos anunciados".

Asimismo, "se evitará explotar la confianza en padres, profesores o personajes famosos con los que los niños están familiarizados para adquirir un producto".

Los anuncios no deberán reflejar por ejemplo hábitos como el de comer o beber de forma inmoderada, excesiva o compulsiva, ni deberán fomentar, aprobar o presentar de forma condescendiente hábitos de vida sedentarios.

Del mismo modo, en la publicidad dirigida a menores ningún producto podrá presentarse como sustitutivo de ninguna de las tres comidas principales (desayuno, comida y cena).

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