Nadie irá a la cárcel por reírse de Lula

La máxima corte de justicia de Brasil autorizó provisionalmente a los humoristas de radio y televisión a realizar sátiras con los candidatos a las elecciones presidenciales, legislativas y regionales del 3 de octubre próximo, lo que había sido prohibido este año por una norma electoral.

La sentencia en favor de los humoristas, publicada hoy por el Supremo Tribunal Federal (STF) en su página en internet, fue dictada en la noche del jueves por el magistrado Carlos Ayres Britto.

El juez consideró precedente una demanda en que la Asociación Brasileña de Emisoras de Radio y Televisión (ABERT) solicitó la eliminación de la norma electoral por considerarla contraria a la libertad de expresión.

Ayres Britto, relator del proceso entablado por la ABERT, autorizó a los humoristas a realizar sátiras con los políticos incluso durante la campaña, aunque aclaró que la decisión definitiva dependerá del pronunciamiento del pleno del tribunal.

La sentencia suspendió temporalmente los efectos de la norma del Tribunal Superior Electoral que prohibía a los programas de radio y televisión de "usar trucos, montajes u otros recursos de audio y vídeo que, de cualquier forma, degraden o ridiculicen a un candidato, un partido o una coalición".

La prohibición había entrado en vigor el 1 de julio, cuando comenzó oficialmente la campaña electoral, y se había convertido en blanco de crítica de los humoristas de todo el país, que el domingo realizaron una manifestación en Río de Janeiro para protestar contra la medida.

La norma vetaba las sátiras y las manifestaciones de humor con los políticos durante los tres meses de la campaña electoral.

Según la sentencia, las burlas de los políticos apenas podrán ser consideradas irregulares en caso de que un candidato se sienta ofendido y presente una denuncia ante la justicia electoral, pero no antes de su transmisión.

Ayres Britto afirmó que sentencias anteriores del máximo tribunal ya habían establecido que la libertad de informar no puede ser restringida de ninguna forma.

El magistrado alegó que "el pensamiento crítico es parte integrante de la información plena y fidedigna" y que "el humor es una visión crítica del mundo".

La ABERT había alegado en su demanda que "las libertades de manifestación de pensamiento, de actividad intelectual, artística, científica y de comunicación constituyen garantías tan importantes para la democracia como el mismo sufragio".