Las cadenas sólo tendrán que financiar RTVE por sus negocios de televisión

La tasa que tendrán que pagar las cadenas privadas para financiar a RTVE no se aplicará sobre los ingresos que perciban por negocios distintos al de la televisión, como el cine. El porcentaje que se descuenta a las operadoras de telecomunicaciones, por su parte, se calcula sobre los ingresos brutos de explotación de sus actividades en telefonía fija y móvil e Internet, y no de sus servicios audiovisuales.

Así lo señala el borrador de Real Decreto de desarrollo de la Ley de Financiación de RTVE que ha elaborado el Ministerio de Industria y que ya ha sido enviado al Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (CATSI).

La Ley de 28 de agosto de 2009 de Financiación de RTVE impuso a las televisiones privadas y a las telecos sendos gravámenes para financiar a RTVE, como compensación por el beneficio que les reportaría la supresión de la publicidad en TVE desde el pasado 1 de enero.

Ese canon quedó fijado en el 0,9% para las teleoperadoras, el 3% para las cadenas comerciales en abierto y el 1,5% para las de televisiones de pago.

La ley sólo decía que esos porcentajes se aplicarían sobre "los ingresos brutos de explotación facturados en el año correspondiente".

Ahora, el decreto de desarrollo que ha preparado Industria, aclara la parte de negocio que será objeto de peaje de las cadenas para financiar a RTVE: "Se consideran ingresos brutos de explotación los percibidos por los prestadores de servicios de comunicación audiovisual en razón de su actividad como prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisiva. Quedan excluidos aquellos ingresos que la empresa o grupo de empresas del que forme parte el operador perciban por el ejercicio de actividades distintas del servicio de televisión".

En cualquier caso, el 3% de las cadenas en abierto "no podrá superar el 15%" de los ingresos previstos para RTVE, que este año son 1.200 millones de euros.

En el caso de las telecos, lo limita al 25%. Asimismo, el decreto deja claro que las operadoras de telecomunicaciones que estarán sujetas al canon son las de "actuación estatal o superior al de una comunidad autónoma".

Por otro lado, establece que el 80% de la tasa sobre reserva del dominio público radioeléctrico que servirá para el sostenimiento de RTVE no puede ser nunca de más de 330 millones al año.

Actualmente, Bruselas tiene abiertos dos procedimientos informativos para investigar la compatibilidad de la Ley de Financiación de RTVE con la legislación europea.